domingo, 20 de septiembre de 2009

Análisis Jurídico-Constitucional de la LOE presentado por un grupo de juristas de la UCV


Un grupo de juristas de la Universidad Central de Venezuela, encabezados por el Dr. Manuel Rachadell, presentó, recientemente (Septiembre de 2009), un interesante análisis que expone los aspectos de la nueva Ley Orgánica de Educación que, en su criterio, se encuentran afectados de inconstitucionalidad. El mencionado estudio centra el análisis en siete puntos relevantes, que de manera muy resumida indicamos a continuación:


1.- INFRACCIONES AL PROCEDIMIENTO DE FORMACIÓN DE LAS LEYES

Explica el informe que el procedimiento de formación de esta ley ya había decaido para la fecha de su promulgación.

2.- LA INCLUSIÓN DEL CONCEPTO DE ESTADO DOCENTE

Se incorpora el Estado Docente, que es más un concepto de tipo político que jurídico, el cual fue introducido a partir del año 1.943 por el educador Luis Beltrán Prieto Figueroa.


3.- PROPÓSITO DE IDEOLOGIZACIÓN DEL ESTUDIANTE

La referencia a las ideas del Libertador y de otros próceres y personalidades, según el régimen imperante, no se refiere a las ideas que esas personas expusieron en su momento (independencia de la Nación, la democracia, la alternabilidad de los mandatos, la integración latinoamericana y la autodeterminación de los pueblos, entre otros), y que se debían estudiar como parte de nuestra historia, sino a una argucia para introducir en la enseñanza un mecanismo de adoctrinamiento sobre un pensamiento único, el socialismo en la versión del régimen gobernante en nuestro país.

4.- LA PRETENDIDA REEDICIÓN DEL FALLIDO PODER POPULAR

Establece el informe que "Como la reforma propuesta fue rechazada en el referendo del 2 de diciembre de 2007, carece de fundamento jurídico lo dispuesto en el artículo 15,2 de la LOE de que entre los fines de la educación está “Desarrollar una nueva cultura política fundamentada en…el fortalecimiento del Poder Popular”; así como la previsión del artículo 18 de la misma ley de que “Los Consejos comunales, los pueblos y comunidades indígenas y demás organizaciones sociales de la comunidad, en ejercicio del Poder Popular y en su condición de corresponsables de la educación, están en la obligación de contribuir con la formación integral de los ciudadanos…” (art. 18). Si la intervención de las organizaciones sociales mencionadas como corresponsables de la educación se hace “en ejercicio del Poder Popular”, y éste no existe, esas organizaciones carecen de legitimidad para ser declaradas corresponsables de la educación."

5.- DISTORSIÓN DEL SENTIDO LAICO DE LA EDUCACIÓN

Entre otros interesantes argumentos, el análisis expresa: "También ha sido motivo de preocupación en importantes sectores de la población las normas que regulan la enseñanza del ideal bolivariano como unos principios dogmáticos, que llegan a adquirir el carácter de una religión de Estado..."

6.- VIOLACIÓN DE LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA

El equipo jurídico al analizar la LOE a la luz del concepto de autonomía universitaria, expresa entre otros aspectos, lo siguiente: "...al despojar a las Universidades del ejercicio de competencia que tienen actualmente atribuidas, para asignárselas a un ministerio, se menoscaba obviamente el contenido de la autonomía universitaria..."

7.- AUSENCIA DE REGULACIÓN SOBRE EL PRINCIPIO DE DESCENTRALIZACIÓN Y SOBRE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN

El informe de la UCV hace importantes referencias relativas a la descentralización en materia de educación, entre otras, la siguiente:

 ".. en la LOE se asignan todas las competencias sobre el servicio público de educación a “los órganos nacionales competentes en materia educativa”, sin que ninguna de sus normas se refiera siquiera a la administración de planteles educativos por los Estados o los Municipios, tal como debería ser en un Estado federal descentralizado, que reconoce –al menos en la teoría de su Constitución- que la descentralización crea las mejores condiciones para la prestación eficaz y eficiente de los servicios públicos..."

Para ver el análisis jurídico completo  http://bit.ly/MqcQj

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